Esta Norma establece las especificaciones de calidad de las variedades comerciales para la berenjena (Solanum melongena L.), de la familia Solanaceae.
Los PPV que se aplican a esta norma son productos alimenticios obtenidos de materias vegetales mediante la reducción o eliminación de algunos de los principales constituyentes no proteínicos (agua, aceite, almidón, otros carbohidratos), de manera que se obtiene un contenido en proteína (N x 6,25) del 40 por ciento o más
Este norma se aplica al gluten de trigo destinado a utilizarse en alimentos y preparado con trigo mediante procesos de extracción. El gluten de trigo puede presentarse como vital o bien desvitalizado y se destina al uso en alimentos que requieren una preparación posterior y al uso de la industria de elaboración de alimentos.
Esta de norma establece el método para comprobar la inocuidad y la calidad nutricional de los productos proteínicos vegetales.
Esta norma sirve de guía para el uso apropiado e inocuo de productos proteínicos vegetales (PPV) en los alimentos.
La presente norma se aplica a los productos proteínicos vegetales (PPV) preparados con granos de soja (semillas de Glycine Max. L.) mediante diversos procedimientos de separación y extracción.