NORDOM CXG 38-2001 - DIRECTRICES PARA EL DISEÑO, ELABORACIÓN, EXPEDICIÓN Y USO DE CERTIFICADOS OFICIALES GENÉRICOS
<p style="text-align: justify;">En estas directrices se reconoce que la autoridad competente del país importador puede requerir, como condición para el despacho de alimentos presentados para el comercio internacional, que los importadores presenten certificados oficiales expedidos por, o con la autorización de la autoridad competente del país exportador.</p>