Esta Norma establece las especificaciones que deben cumplir los concentrados de tomates (Solanum lycopersicum), según se definen en el capítulo 4.
Esta Norma establece las especificaciones que deben cumplir los tomates en conserva (Solanum lycopersicum), según se describe en el capítulo 4.
Esta Norma se aplica a las variedades comerciales de tomates obtenidos de (Solanum lycopersicum), de la familia Solanaceae, que habrán de suministrarse frescos al consumidor, después de su acondicionamiento y envasado. Se excluyen los tomates destinados a la elaboración industrial.
Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los jugos (zumos) de frutas, obtenidos a partir de fruta de una sola especie, no regulados por normas individuales.
Esta norma establece los requisitos que debe cumplir la pastas de tomate.